Vuelve otra jornada de huelga de los pilotos de Air Nostrum, convocada por SEPLA. La compañía se ha visto obligada a cancelar vuelos con origen Alicante, Almería, Bolonia, Burdeos, Fráncfort, Granada, Ibiza, Madrid, Mallorca, Menorca, Niza, Pamplona, Sevilla y Valencia. De estas 37 cancelaciones, 10 se han producido con origen o destino al Aeropuerto de Son Sant Joan, con las conexiones entre islas y la ruta de Mallorca-Valencia.

En un comunicado oficial, Air Nostrum ha informado que “Los clientes afectados por estas cancelaciones pueden optar por el reembolso de los billetes o la reubicación en vuelos/fechas alternativas, según disponibilidad”. La compañía aérea ha reflejado la flexibilización de tarifas para los pasajeros que no se han visto afectados por estas cancelaciones pero que aún así quieran cambiar las fechas de su vuelo. Con esta medida, la filial regional de Iberia quiere intentar paliar los efectos negativos que está ocasionando esta huelga de pilotos para sus clientes. Están convocados otros paros que se volverán a repetir los días 29 y 30 de diciembre; y durante el 2 y 3 de enero.

Vuelos de Air Nostrum cancelados el 27 de diciembre

Muchos son los pasajeros que han sido afectados por estas cancelaciones. La compañía aérea ha publicado en su web un listado de las vuelos cancelados previstos para hoy.

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¿Qué hacer si cancelan mi vuelo?

Si te has visto afectado por la cancelación de un vuelo, no estás obligado a aceptar una reubicación del vuelo, aunque es la solución que suelen dar muchas compañías. El Reglamento Europeo 261/2004 sobre los derechos de los pasajeros, garantiza en determinadas condiciones, una compensación de entre 250 y 600 euros que ha de ser abonada por la compañía aérea tras su reclamación.

Las compañías aéreas están obligadas a dar toda la información sobre los derechos de los pasajeros y ofrecerles el formulario de reclamación.

¿Cuáles son mis derechos si han cancelado mi vuelo?

  • Puedes solicitar el reembolso íntegro del billete o reclamar una reubicación de vuelo inmediata.
  • Probablemente tengas derecho a una indemnización o compensación si la compañía ha informado de la cancelación con menos de 14 días de antelación.
  • La indemnización o compensación va de 250 y los 600 euros por persona y trayecto, dependiendo de los kilómetros de la ruta entre origen y destino.
  • Tienes derecho a la asistencia básica como cheques de comida y bebidas o incluso pernoctaciones si fuera necesario cuando se te informa de la cancelación en el mismo aeropuerto y han pasado más de 2h de la salida programada del vuelo.

¿Qué debo de hacer en el aeropuerto tras una cancelación?

  • La compañía aérea debe proporcionar asistencia básica en el aeropuerto.
  • Solicita que la aerolínea te confirme por escrito el motivo de la cancelación para una futura reclamación.
  • Es recomendable reunir pruebas durante el tiempo que se esté esperando entre cancelación y alternativa del transporte: tickets de gastos, capturas de pantalla, facturas, billetes alternativos, vales descuento y fotografías de las pantallas infomativas.

¿Cuándo me corresponde una indemnización por un vuelo cancelado?

Te corresponde siempre y cuando el aviso de la cancelación se haya producido con menos de 14 días de antelación con respecto a la salida del vuelo. El Reglamento Europeo 261/2004 sobre los derechos de los pasajeros garantiza el reembolso del precio del billete o un transporte alternativo y una indemnización de entre 250 y 600 euros. En el siguiente hemos recopilado las diferentes situaciones en las que podrás averiguar si tienes derecho a una indemnización: