El Consell de Mallorca ha anunciado hoy que mantendrá la gratuidad del uso del túnel de Sóller para todos los ciudadanos tras la sentencia del Tribunal Supremo que confirmó ayer que el rescate llevado a cabo en 2017 por el Govern del Pacte fue ilegal

El Consell de Mallorca acordó en 2017, durante el mandato de Miquel Ensenyat, de Més per Mallorca, el rescate del contrato de concesión para la construcción, conservación y explotación de la carretera de peaje. Después de que el Tribunal Supremo haya desestimado el recurso del Consell y confirmara ayer la anulación del rescate del túnel de Sóller, hoy la institución insular ha asegurado que mantendrá la gratuidad del túnel para todos los ciudadanos.

Fernando Rubio, conseller de Territorio, Movilidad e Infraestructuras del Consell, ha explicado esta mañana que el anterior equipo de Govern abonó 16,2 millones de euros a la empresa concesionaria por el rescate, cuando dicha compañía exigía un total de 31 millones. De esta forma, quedaría por pagar un montante de alrededor de 15 millones de euros, que es lo que deberá negociar ahora el Consell junto con la propia concesionaria.

Decisión del Tribunal Supremo

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, la sala contenciosa-administrativa ratificaba ayer así una sentencia anterior, de febrero del 2021, y la dictada en marzo de 2020 por el Juzgado, que estimó la demanda de la concesionaria.

El Consell acordó en 2017 el rescate del contrato de concesión para la construcción, conservación y explotación de la carretera de peaje, variante de la C-711 del túnel que cruza la Serra de Alfàbia, con una indemnización de 16,28 millones de euros. Sin embargo, la concesionaria se opuso; reclamaba hasta 31 millones de euros. El rescate comportó la finalización del peaje, de forma que el túnel pasó a ser gratuito para los usuarios.

Asimismo, el Supremo considera que, aunque el Consell tiene la potestad de rescindir unilateralmente un contrato, tiene que concurrir “un interés público debidamente motivado”. En este sentido, “la figura del rescate no está pensada para remediar una situación que ya fue conocida y valorada en el momento en que se otorgó la concesión”, razona el Tribunal. El Consell alegó que el rescate pretendía evitar una discriminación a los usuarios.

El Supremo sentencia que la existencia de autopistas de peajes no es discriminatoria y recuerda que posibilita que las administraciones dispongan de obras públicas sin hacer recaer sobre las arcas públicas el coste de su construcción. Además, incide en que la concesión se había prorrogado diez años antes del rescate acordado.