El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) aceptó la petición del Govern balear de extender momentáneamente el uso del certificado COVID-19 a los bares y restaurantes con espacio para más de 50 consumidores hasta el 24 de enero.

El fallo, firmado por los magistrados Gabriel Fiol Gomila, Fernando Socías Fuster y Alicia Ortuño Rodríguez, consideró que la medida del Govern no restringe derechos fundamentales, sino que los limita, como ha indicado el Tribunal Supremo.

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“Este Acuerdo tiene por objeto establecer medidas temporales y excepcionales en el ámbito de actividad de determinados establecimientos en función del nivel de alerta sanitaria de la isla donde estén radicados. Estas medidas se establecen por razón de protección de la salud pública, en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada en las Illes Balears, con el fin de compatibilizar el desarrollo de estas actividades con la imprescindible seguridad sanitaria, y asegurando a la vez un nivel elevado de protección de la ciudadanía”, señala el auto que aprueba la exigencia del pasaporte COVID-19 en bares y restaurantes.

El fallo argumenta que “la exhibición de la documentación señalada no vulnera el derecho a la igualdad pues no se produce discriminación entre aquellos que están vacunados y los que no lo están. Recordemos que la documentación reviste una triple modalidad, que resulta asequible a todos, de modo que quien no quiere mostrar si ha sido o no vacunado, teniendo en cuenta el carácter voluntario de la misma, puede presentar el resultado de la prueba PDIA o el test de antígenos, y desde luego el certificado de recuperación de la COVID-19 si ha pasado la infección”.

Y agrega que “en todo caso, concurre una justificación objetiva y razonable para permitir o no el acceso al correspondiente establecimiento, según se haya cumplido tal exigencia, pues se trata de la protección de la salud y la vida de las personas, mediante una medida que evita o restringe la propagación de pandemia”.

Los bares y restaurantes de Baleares pueden exigir el pasaporte COVID hasta el 24 de enero. Foto: MG.