La declaración de Zonas de Especial Intervención Turística incluye cuatro nuevos tramos para luchar contra el incivismo y las aglomeraciones en la Playa de Palma. Se multan con hasta 3.000 euros las infracciones muy graves. Son propuestas de los vecinos y de la Asociación Hotelera de Playa de Palma

El Ayuntamiento de Palma ha aprobado este miércoles en Junta de Gobierno las Zonas de Especial Intervención Turística (ZEIT) que se aplicarán entre el 1 de abril y el 1 de octubre, las 24 horas y todos los días de la semana.

Las zonas protegidas son las mismas que en verano de 2021, pero se ha ampliado la protección contra las aglomeraciones y el incivismo por la noche a cuatro tramos más. Incluyen la calle Miquel Pellisa, la calle Missió de San Diego, o la calle Missió de Sant Gabriel. El tramo que va de la calle Llaüt a la carretera de s’Arenal, que se añadió por primera vez el año pasado, también se mantiene este año.

La declaración de las ZEIT tiene como objetivo la preservación del espíritu de la Ordenanza reguladora del uso cívico de los espacios públicos (Orucep) para una buena cohesión social y mejora de la convivencia a Palma. Así lo ha explicado la primera teniente de alcalde de Seguridad Ciudadana, Joana Adrover. En resumen, consiste en la realización de campañas concretas de inspección, recogida específica de datos e informes policiales y quiere facilitar la posibilidad de interponer sanciones en el tramo más elevado, hasta 3.000 euros.

 

¿Qué son las ZEIT?

Las Zonas de Especial Intervención Turística tienen 4 líneas de actuación:

  • Actuar contra el consumo de alcohol (botellón) en el paseo Marítimo, zona centro y toda la Playa de Palma.
  • Actuar contra la publicidad dinámica (en toda la Playa de palma).
  • Preservar el orden en la zona biergardens.
  • Actuar contra las aglomeraciones y el incivismo en la salida de locales de ocio.

Las ZEIT en Palma son:

  • Avenida Gabriel Roca, desde el número 1 hasta la Torre de Peraires.
  • Calle Joan Miró, desde el número 1 al 79 y entre el 269 y el final del término.
  • Diferentes puntos de Playa de Palma, incluyendo, este año, 7 nuevos tramos.
  • El territorio del centro de Palma delimitado por el perímetro de las siguientes vías: Vía Argentina, Paseo Mallorca, Vía Portugal, Avenida Alemania, Avenida de Comte de Sallent, Avenida de Joan Marc, Avenida de Alexandre Rosselló, Avenida de Gabriel Alomar, Avenida de Adolfo Suárez y Avenida Gabriel Roca hasta Vía Argentina.

 

Playa de Palma

Nuevos tramos protegidos contra aglomeraciones e incivismo

La actuación contra las aglomeraciones y el incivismo en la salida de locales de ocio se ha ampliado en relación con años anteriores de 2 a 7 tramos. Estos nuevos tramos protegidos en zonas de ocio nocturno se han incorporado después de la petición de los representantes vecinales en el marco de las mesas SECON (Seguridad y Convivencia) de la Policía de Barrio y después de la demanda de la Asociación Hotelera de la Playa de Palma.

Son los siguientes:

  • Calle Joaquim Verdaguer, en el tramo comprendido entre la calle Cartago y la calle de Trasimé.
  • Calle Cartago, entre las calles de Germà Bianor y Gabriel Alzamora.
  • Calle Missió de Sant Gabriel, tramo comprendido entre la carretera del Arenal y calle Llaüt (incorporación a 2022).
  • Carretera de s’Arenal en el tramo comprendido entre la calle Missió de Sant Gabriel y calle Trobadors (incorporación en 2023).
  • Calle Llaüt en el tramo comprendido entre la calle Missió de Sant Gabriel y Trobadors (incorporación en 2023).
  • Calle Misión de San Diego (incorporación en 2023).
  • Calle Miquel Pellisa (incorporación en 2023).

El resto de la normativa de las ZEIT continúa igual que el año pasado.

 

Multas más elevadas: hasta 3.000 euros

Establece multas de hasta 3.000 euros para las infracciones muy graves. En concreto, las infracciones leves son de 100-750 euros; las graves de entre 750,01 euros hasta 1.500; y las muy graves de entre 1.500,1 euros hasta 3.000 euros.

Como infracciones muy graves se contemplan:

  • El deterioro de manera grave, inmediata y directa, de la tranquilidad del entorno o la provocación de situaciones de insalubridad.
  • La denigración para peatones u otros usuarios de los espacios públicos como resultado de la exteriorización del consumo de bebidas alcohólicas u otras drogas.
  • El incumplimiento de las órdenes, señalizaciones, etc. relativas a las situaciones de intervención especial enumeradas en el artículo 11 o de requerimientos formulados por las autoridades municipales o de sus agentes de la autoridad en aplicación directa de esta Ordenanza.
  • El impedimento del uso de un bien de uso público y de bienes de servicios públicos que están asignados como tal a otra u otras personas con derecho a su utilización.
  • Los actos de deterioro grave y relevante de espacios públicos, de bienes públicos o de cualquiera de las instalaciones y elementos, sean muebles o inmuebles, no derivados de alteraciones de la seguridad ciudadana siempre que no sean infracciones penales.
  • El consumo de bebidas alcohólicas u otras drogas cuando alteren gravemente la convivencia ciudadana y se incite o facilite el consumo por parte de menores de edad.