La Unió Europea recuerda que limitar la compra de viviendas a no residentes solo es posible por “imperiosas razones de interés general”
La Comisión Europea ha recordado que limitar la compra de viviendas a no residentes solo es posible por “imperiosas razones de interés general”. De este modo, la comisaria europea de Unión de Mercados de Capital, Mairead McGuinness, ha respondido a la pregunta de la eurodiputada del PP, la mallorquina Rosa Estaràs, sobre la limitación de la compra de inmuebles por parte de extranjeros no residentes en las Islas.
McGuinness ha aludido a los artículos 63 y 65 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La legislación prohíbe la restricción del movimiento de capital para comprar inmuebles por parte de nacionales de la UE no residentes. Únicamente podría justificarlo por razones “de imperioso interés general, no discriminatorias y proporcionadas con el objetivo perseguido sin ir más allá del necesario” que se reconococen en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Justicia.
La Asociación Balear Inmobiliaria Nacional e Internacional, ABINI, afirma que en Baleares esto no se cumple en ningún caso y aplauden la respuesta de Europa. Según aseguran, “la limitación a la compra por parte de extranjeros atenta contra la legislación vigente”.
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