El Tribunal Supremo avala que el Ayuntamiento de Palma pueda prohibir los alquileres turísticos en viviendas plurifamiliares en Palma
El Supremo avala la prohibición de pisos turísticos en Palma. La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha aceptado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Palma contra la decisión del Tribual Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) que anuló a instancias de la patronal del alquiler turístico (Habtur) el acuerdo del pleno municipal de 2018 que impedía alquilar con fines turísticos viviendas en plurifamiliares. En abril de 2018, el Ayuntamiento de Palma anunció la prohibición del alquiler turístico en viviendas plurifamiliares, siguiendo la propuesta de zona única para Palma.
Los magistrados entienden que la decisión del TSJIB implica en la práctica convertir todos los pisos de Palma en potenciales alojamientos turísticos y consideran así que esa decisión desborda las posibilidades que permite la normativa autonómica.
Según afirma el Supremo, para poder tomar esa decisión, los magistrados del TSJIB tendrían primero que haber llevado al Constitucional la normativa autonómica. Es decir, el Supremo no entra en el fondo de la sentencia del TSJIB, que estaba en valorar si está justificada esa prohibición o no. La nueva decisión se basa en una cuestión formal: no se puede anular la zonificación que llevó a cabo el Ayuntamiento de Palma sin antes cuestionar la normativa autonómica que la permitía.
El Supremo alude a otras sentencias similares en casos como las normativas sobre vivienda de Barcelona y también a una sentencia de los tribunales europeos del año pasado.
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