El alcalde, Jaime Martínez Llabrés, ha presentado el texto definitivo de la ordenanza cívica de Palma (oficialmente Ordenanza de Convivencia Cívica), que ha sido aprobado tras la resolución de las alegaciones presentadas durante el periodo de exposición pública. Este nuevo marco normativo, cuyo objetivo es combatir el incivismo y la inseguridad en la ciudad, ha incorporado cambios respecto al texto inicial (más información en este enlace), como la ampliación del número de participantes en las visitas turísticas guiadas, regulaciones sobre las actividades musicales en la vía pública y el uso de caravanas y autocaravanas.

ordenanza cívica

Principales cambios en la ordenanza cívica de Palma

1. Ampliación de las visitas turísticas guiadas

  • El número máximo de participantes en las visitas guiadas se incrementa a 35 personas, incluyendo al guía, en lugar de las 20 establecidas inicialmente.
  • Se prohíbe el uso de megáfonos o altavoces durante las visitas, recomendándose el uso de audioguías.
  • Se prohíben las visitas turísticas guiadas mediante vehículos, salvo aquellos autorizados expresamente por la normativa municipal.

2. Regulación de actividades musicales en la vía pública

  • Se prohíbe la realización de actividades musicales frente a establecimientos públicos, edificios oficiales, monumentos o bienes de interés cultural si alteran su accesibilidad o visibilidad.
  • Se garantiza que las actividades musicales se ajusten a la normativa vigente.

3. Medidas para la gestión de residuos en espacios públicos

  • Los establecimientos de “take away” serán responsables de mantener limpio un área de 25 metros alrededor de sus instalaciones.
  • Se prohíbe el uso de materiales de un solo uso y se tomarán medidas para evitar que los residuos se abandonen inapropiadamente.
  • Los establecimientos deberán proporcionar papeleras y adoptar medidas para evitar la acumulación de basura.

4. Infracciones por consumo de alcohol por menores

  • En caso de infracción por consumo de alcohol por menores, se podrá sustituir la sanción económica por medidas formativas, salvo que la ley exija una sanción obligatoria.

5. Regulación del uso de caravanas y autocaravanas

  • La acampada en vehículos solo estará permitida en lugares expresamente autorizados por el planeamiento municipal.
  • El estacionamiento de vehículos deberá cumplir con ciertas condiciones, como mantenerse en contacto con el suelo únicamente a través de las ruedas, sin usar estabilizadores o dispositivos no contemplados en la normativa de tráfico.
  • El vehículo no debe generar ruidos, olores o vibraciones hacia el exterior. Las actividades dentro o fuera del vehículo no pueden sobrepasar su perímetro, como el despliegue de toldos, mesas, sillas, neveras o barbacoas.
  • El vehículo debe mantener su configuración original, sin añadidos que aumenten su volumen o impidan la circulación autorizada.
  • Se prohíbe el estacionamiento en el mismo lugar durante más de diez días consecutivos.
  • Se prohíbe el estacionamiento de remolques sin vehículo tractor.
  • Las infracciones serán consideradas graves, aunque no se aplicará sanción económica a personas en situación de exclusión social.

Entrada en vigor el 1 de enero de 2026

Durante su intervención, el alcalde Martínez Llabrés ha destacado que esta nueva normativa busca revertir la inercia de una ciudad donde los comportamientos incívicos estaban en aumento. Además, ha enfatizado la importancia de la participación ciudadana en el proceso, con 66 alegaciones presentadas durante el periodo de exposición pública, de las cuales el 50% han sido parcialmente estimadas.

“El objetivo es hacer de Palma una ciudad segura, ordenada y respetuosa, como se merecen los ciudadanos”, ha subrayado el alcalde. La ordenanza entrará en vigor el 1 de enero de 2026, para garantizar la seguridad jurídica de los operadores durante la temporada turística actual.