El Gobierno aprueba en el Congreso de los Diputados la Ley de Vivienda con el apoyo de los grupos de investidura, salvo el PNV, y con el no del Partido Popular, ley que limita el precio de los alquileres en zonas tensionadas
El pleno del Congreso ha aprobado el proyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda pactado por el Gobierno con ERC y EH Bildu, que limita los precios del alquiler en zonas tensionadas.
El pleno la ha avalado con 176 votos a favor, 167 en contra y 1 abstención. La ley cuenta con el apoyo del PSOE, UP, ERC, Bildu, Más País y Compromís y el voto en contra de PP, Vox, Cs, Junts, PDeCAT, Coalición Canaria y, finalmente, también el del PNV, socio habitual de investidura que considera que invade competencias exclusivas de las comunidades. El BNG se ha abstenido.
La ley, que pasará al Senado para su revisión y aprobación definitiva, puede estar en vigor antes de las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo.
Límites al precio de alquiler
Como novedad, la primera ley de estas características pone tope al alquiler que quedaría en el 2% para este 2023, 3% en 2024 y en 2025 se aplicaría un índice nuevo basado en el IPC. Además se consideran grandes tenedores los propietarios de más de 5 viviendas de uso residencial destinadas al alquiler, frente a los 10 del anteproyecto que salió del Consejo de Ministros hace 13 meses.
Los denominados como grandes tenedores, estarán obligados a bajar por ley los alquileres en base al índice de referencia de las propiedades que se encuentren en zonas tensionadas. Estas son aquellas en las que se cumpla una de las dos condiciones:
- Que los alquileres se encareciesen tres puntos por encima de la inflación en los últimos cinco años.
- Que supongan más del 30% de media de los ingresos de los inquilinos.
Inicialmente la ley entraría en vigor 18 meses después de su aprobación definitiva, pero pasa a 6 meses para que la norma entre en vigor antes de las Elecciones Generales de final de año.
Zonas tensionadas
Esta ley faculta a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos a declarar un ámbito territorial como zona de mercado residencial tensionado, si el coste medio de la hipoteca o el alquiler más los gastos y suministros básicos supera el 30 % de la renta media de los hogares o el precio de compra o alquiler ha aumentado al menos tres puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores.
En esas zonas tensionadas, las rentas se toparán dependiendo de la modalidad de contrato y propiedad, mediante la indexación a la renta anterior en vigor para los pequeños propietarios y mediante la aplicación del índice de contención de precios para los grandes tenedores.
Bonificaciones para pequeños propietarios en zonas tensionadas
En principio, se mantiene que aquellos que tengan menos de 5 viviendas en alquiler en zonas tensionadas tendrán ayudas para que bajen los precios. Para ello se recoge un sistema de bonificación fiscal en el IRPF.
En el anteproyecto de ley se contempla un 90% si se rebaja la renta un 5% del total del anterior contrato, 70% si se alquila a jóvenes entre 18 y 35 años o se destina a alquiler social con un precio inferior y 60% de bonificación si la vivienda se ha rehabilitado en los dos años anteriores.
Si no se cumple ninguno de estos requisitos, la bonificación sería del 50%. En zonas no tensionadas se imponen los topes a todos los propietarios.
Castigos y recargos por viviendas vacías
Con la intención de sacar oferta al mercado, la nueva ley contempla que los ayuntamientos puedan aplicar un recargo del IBI de hasta el 150%. Si la vivienda lleva más de dos años vacía el recargo seria del 50% y 100% si lleva más de tres años, con un recargo adicional de otro 50% si el propietario tiene dos o más viviendas en ese municipio.
Serán las comunidades autónomas las que deben de comunicar al Ministerio de Transportes cuentas viviendas vacías hay en su territorio. A su vez en la futura norma se fija que en las nuevas promociones se deberá destinar un 20% a vivienda social, ya sea en alquiler o venta, si la obra se realiza sobre suelo urbano. Si se ha recalificado siendo antes rústico, el porcentaje sube al 40%.
Protección por desahucios
Los juzgados deberán solicitar a los servicios sociales un informe para acreditar si es una persona vulnerable. En caso afirmativo, se suspenderá el desahucio hasta que la Administración encuentre una alternativa habitacional en forma de vivienda, por un periodo de dos meses si el demandante es una persona física o de cuatro si es jurídica.
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